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Validado el primer caso de eutanasia infantil en Países Bajos

Por primera vez en Países Bajos, se ha considerado que se actuó de forma diligente en un caso de eutanasia infantil, al poner fin activamente a la vida de un menor de casi dos años, en virtud del reglamento específico para niños de entre 1 y 12 años.
A finales de 2025 se realizó la intervención y la Comisión de Evaluación de Interrupción Tardía del Embarazo y Terminación de la Vida en Recién Nacidos y Niños de 1 a 12 años (LZA-LP&K) ya publicó su dictamen.
Los padres habían solicitado el procedimiento al médico responsable. Después de consultar con médicos independientes, el facultativo decidió aplicarlo y notificó el caso para que se revisara. La comisión, presidida por Polly van Dijk, concluyó que se cumplieron todos los requisitos de diligencia que exige la normativa neerlandesa.
Un menor con una enfermedad irreversible
El menor había nacido a las 26 semanas de gestación y sufría un daño cerebral severo, parálisis cerebral grave, discapacidad visual y epilepsia con múltiples crisis diarias que no respondían a la medicación. Los fármacos antiepilépticos, además, le provocaban efectos secundarios graves.
También acumulaba flemas en los pulmones y padecía dificultades respiratorias, ataques de tos, problemas para tragar y una incapacidad persistente para dormir. No hablaba ni se comunicaba y apenas podía ver. Hacia el final de su segundo año de vida, los especialistas estimaron que su desarrollo cognitivo equivalía al de un bebé de unas seis semanas.
La comisión consideró que el menor no llegaría a la edad adulta y que su sufrimiento era irreversible y no podía aliviarse con tratamientos médicos convencionales o alternativos. Los equipos médicos también estudiaron la sedación paliativa y la retirada de soporte vital, hidratación y nutrición, conocida en neerlandés como versterven, pero concluyeron que ninguna de esas opciones era viable ni humana.
El dictamen señaló que todas las facetas del ser humano, en cuanto a motricidad, conducta y personalidad, estaban gravemente afectadas y no iban a mejorar. Según la resolución, pese a las intervenciones médicas y no médicas, los padres y el médico no observaron mejoría y quedaron convencidos de que el menor sufría de forma insoportable y sin perspectivas de alivio.
No se considera eutanasia infantil en sentido estricto
La legislación neerlandesa reserva técnicamente el término eutanasia para los casos en los que el propio paciente formula una petición voluntaria, consciente y reiterada. Como los menores de 12 años no pueden presentar autónomamente esa solicitud, el procedimiento se denomina oficialmente terminación activa de la vida en niños de 1 a 12 años.
El marco específico está recogido en un reglamento ministerial aprobado en 2024. El sistema neerlandés diferencia varias franjas de edad:
- Los menores de un año se evalúan según el Protocolo de Groningen y la comisión LZA-LP.
- Entre 1 y 12 años se aplica el reglamento específico, que exige sufrimiento insoportable, una enfermedad terminal incurable en un plazo previsible y el consentimiento de los padres.
- Entre los 12 y los 16 años se aplica la ley general de eutanasia de 2002, con una solicitud explícita del menor y el consentimiento de ambos progenitores o tutores.
- Entre los 16 y los 17 años, el menor puede solicitar el procedimiento de forma autónoma, aunque los padres deben ser informados e incluidos en las conversaciones.
- A partir de los 18 años rige el régimen general.
Garantías exigidas al médico
La normativa exige que el médico cumpla de forma acumulativa varias condiciones. Debe estar convencido, con base médica, de que el sufrimiento es insoportable y no tiene perspectivas de mejora, y de que la muerte se producirá en un plazo previsible. También debe informar detalladamente a los dos progenitores y al menor, en la medida de su capacidad de comprensión.
Además, los padres y el médico deben compartir la convicción de que no existe una alternativa médica o paliativa razonable.
El facultativo tiene que comprobar que el procedimiento no contradice la voluntad manifiesta del menor y obtener el consentimiento expreso de ambos progenitores con patria potestad.
La normativa obliga asimismo a consultar a al menos un médico independiente. Este profesional debe examinar físicamente al paciente y redactar un informe por escrito. Por último, los fármacos deben administrarse conforme a los estándares profesionales y a las directrices médicas vigentes.
El procedimiento tampoco permite expedir un certificado de muerte natural. El médico debe informar al forense municipal y enviar el expediente completo a la comisión LZA-LP&K, un órgano multidisciplinar integrado por juristas y médicos, entre ellos especialistas en pediatría y ética.
Tras su revisión, la comisión remite un dictamen motivado al Ministerio Fiscal. Aunque un dictamen favorable suele llevar al archivo de las diligencias, el fiscal conserva la potestad de investigar si detecta indicios de delito.
Un dictamen que busca dar seguridad
Eduard Verhagen, pediatra y catedrático de cuidados paliativos pediátricos del Centro Médico Universitario de Groningen (UMCG), afirmó que la resolución aporta certidumbre a médicos y familias que afronten situaciones límite. También subrayó la dificultad del procedimiento para los profesionales, que no reciben formación específica para terminar con la vida de un paciente.
Verhagen señaló que sigue siendo complicado terminar con la vida de una persona que no puede pedirlo por sí misma y pidió a las autoridades que resuelvan estos expedientes dentro de un plazo limitado, para reducir la incertidumbre judicial del médico.
La resolución publicada el 9 de septiembre es el primer caso formalmente evaluado y resuelto en Países Bajos desde la entrada en vigor, en 2024, del reglamento para niños de entre 1 y 12 años.


